Dice que le dijeron.

Con la novedad de que ahora resulta que estoy acusado de ser el co-autor intelectual de robo en lugar cerrado de una computadora; junto con mi hermano y el licenciado (original no pirata) que nos defiende en el caso 258/2007, el cual se nos sigue por un supuesto despojo en contra del tiburón (Froylan). A la “mais” y eso como fue? Como ocurrió? Cuando hice eso?

El chisme…En la declaración de “J” hay una sarta de tonterías inexplicables que no deberían sustentarse como argumento valido delante del Ministerio Publico, pero que… Bueno, aquí se cuecen habas! Para empezar la denuncia esta basada en dichos de terceros que son inidentificables e ilocalizables. Que pinche casualidad!Dice “J” que le dijeron que ya saben quien le dijo al autor material que se metiera a robar… Eso dice.Dice “J” que dicen las personas que le dijeron lo anterior que dicen que no quieren que diga sus nombres porque dicen que nos tienen miedo… Eso dice que dicen.Dice “J” que la información que usamos como prueba documental para denunciarlo por USURPACION DE PROFESIONES no existía en ninguna otra parte mas que en la supuestamente robada computadora… Eso dice.Dice “J” que esta muy seguro de sus invenciones… Eso dice.Dicen que dice “J” que va a presentar al autor material para que diga lo que “J” le dijo que dijera… A huevo! Las cabras tiran pa’l monte!Según dicen, el plan es fabricarnos un delito de robo que evidentemente nosotros no cometimos para así ellos poder presionarnos de retirar la denuncia por USURPACION DE PROFESIONES presentada en contra del honorable ciudadano “J”. Su plan perverso de negociación podría ser algo similar a: “ustedes me sueltan por usurpación y yo a cambio los suelto por robo”.¡Si ya se! Es un chisme en forma de trabalenguas…Su argumento.De todo esto se desprende que la piedra angular de la argumentación de “J” se basa en su razonamiento infantil de poseer información exclusiva que supuestamente no existe en ninguna otra parte del universo. (Nooo, tú si que estas muy cu-ri-o-si-to!). Me explico: según manifiesta “J” en su denuncia, la información que usamos para denunciarlo por USURPACIÓN, única y exclusivamente existía en su computadora llamado EVO (computador pues tiene nombre masculino)… Permíteme decirte coyotito, que esa información es de acceso publico y que tu nombre, antecedido por la palabra “LICENCIADO” aparece en repetidas ocasiones en el website del Boletín Judicial del Poder Judicial del Estado de Baja California.¿O sea que EVO también viaja en el tiempo?Sabemos que la denuncia inicial la presento el día 10 de febrero de 2010, o sea que es de suponer que se la robaron antes de esa fecha. Ahora supongamos que es verdad que “J” fuera afecto de documentar y organizar de forma casi obsesiva las diligencias a las que asiste ordenándolas por el criterio que sea, no importa. Y supongamos además que EVO fuera una de las fuentes de la citada información.Como explicas coyotito que el extracto del Boletín Judicial que presentamos al MP para denunciarte por USURPACION DE PROFESIONES contenga datos de fechas posteriores? Ejemplo (fragmento): 11 DE MARZO DE 2010, EDICTO “… ESCRITO PRESENTADO POR EL LICENCIADO J. JESUS CORONA JIMENEZ… ”A menos queee… EVO viaje al futuro y recolecte información de los casos en los que “J” a la postre litigará; además EVO debe ser capaz de almacenarlos en su memoria y después regresar al presente sin sufrir estragos cuánticos ni similares… Nah, muy complicado!La realidad no es tan intrincada después de todo.De hecho es muy simple y sencilla. Nosotros NO sustrajimos a EVO ni lo hicimos sustraer por un tercero ni para que soltara la sopa ni para ninguna otra finalidad; esas son más turbaciones mentales tuyas coyotito, no era necesario antes, ni lo es ahora pues la información está a la vista de todos, ordenada por fecha en: http://www.poder-judicial-bc.gob.mx/boletin/boletin.htm. Lo único que hicimos es consultar esta pagina e imprimir los resultados en una hoja de papel. De hecho aun la consulto casi a diario.Ah y no creo que EVO sea capaz de saltar al futuro y regresar…Tus argumentos nomas no cuadran, “J”.Ciudad Guadalupe Victoria,Mexicali Baja California, México.4 de agosto de 2010.

Coyote, no abogado.

Corría el año de 2007 cuando nos enteramos que Froylan había contratado al mejor licenciado que sus dólares le pudieron conseguir, el cual cuenta con más de 10 años de amplia experiencia en asuntos civiles, penales, divorcios, asociaciones religiosas, etcétera. Nada mas y nada menos el honorable ciudadano J. Jesús Corona Jimenez…— Que querrá decir “J.” ??— ¿Acaso es abreviación de Juancho, Jelipe o Juchipilo?— ¡No! No es abreviación de nada, ese es su primer nombre: “J”.— ¿Cómo se pronuncia? ¿’Gggg’? ¿’Grrr’? ¿’Jjjj’? ¿’Jhhh’? ¿Cómo?— Se pronuncia como el nombre de la letra: ‘Jota’. Sí, así: ‘Jota”.— Ahora que lo pienso, tener un nombre así seguramente provoca que hagas felices a las personas. Especialmente durante la edad escolar, supongo que era el blanco de atención de las inocentes bromas que todo adolescente le gusta gastar. ¿Y por qué estoy contando todo esto del nombre?Mejor volvamos al tema…Un buen día, llegó hasta nuestros oídos un interesante rumor: “El abogado ‘J’ no es abogado, es coyote”. Al principio no le tomamos importancia creíamos que eso no tenia nada de extraordinario porque según lo que yo recordaba de las clases de civismo(y similares) impartidas por el profe Rivera en la prepa, “… cualquier persona te puede defender de acuerdo con la constitución”. Hasta ese punto el asunto parecía saldado; el coyote representaba tanto al tiburón(Froylan) como al pescadito que lo sigue a todas partes(Moisés) y no había nada que pudiéramos hacer al respecto…Hubieron que pasar dos situaciones estresantes para que reconsideráramos revisitar la decisión tomada respecto del aboganster de Froylan.Las dos gotas que derraman el vaso.El primero de ellos se suscitó en la sala de espera del Juzgado de Primera Instancia Penal… El coyote, en actitud “de divo”, intercambió varias palabras con mi hermano Hector, en el condensado de esta conversación resaltan un par de frases vertidas por el aboganster: “O me dan los nueve mil dolares o voy a meter a tu papá a la cárcel” y “Lo voy a acusar de instigador, eso no alcanza fianza” (singular, primera persona). La discusión completa transcurrió frente a los sorprendidos y llorosos ojos de mi señora madre. Será el mismo Hector quien les después les relate a ustedes los detalles de lo que ocurrió en esa sala aquel día.El segundo de los tragos amargos paso durante una de las diligencias realizadas en propiedad de mi padre… Don Fede, mientras filmaba los detalles de la diligencia, obviamente enfocaba a los presentes, entre ellos J. Jesús “chiva-flaca” Corona Jimenez. Es un hecho que mi padre arriesgaba la integridad funcional de su cámara por grabar el rostro de este personaje pues así muy fotogénico que digamos pues no es, más bien parece que el lente le trae tirria… También es más que evidente que mi padre ejercía su legítimo derecho de documentar lo que ocurría dentro de su propiedad durante esa diligencia. El punto es que mientras mi padre filmaba, “J” le obstruye la visión al lente con la mano, se acerca agresivamente a mi padre y alzando la voz le dice “Deje ya de grabarme… si me vuelve a grabar lo voy a demandar por espionaje…”¡A la maaa! ¡Ahora sí sacaste boleto!Fue solo entonces cuando caímos en la cuenta de que algo no andaba bien, de hecho ese algo estaba muy muy mal, era hora de aprender algo nuevo, era hora de buscar, investigar y encontrar la manera de neutralizar al famoso “J”.Para aquel entonces “J” se conducía de forma por demás altanera y manejaba un perfil bastante llamativo. Se paseaba plácidamente por el juzgado repartiendo dulces y besos entre las muchachas que trabajaban ahí; saludaba de abrazo a los demás licenciados y bromeaba con los funcionarios. Caminaba con orgullo, echaba un vistazo a las listas de acuerdos, firmaba documentos y seguía paseando sonriente; iba y venia “como perro por su casa”, entraba hasta la cocina sin que nadie pareciera percatarse del fétido olor a coyote que emanaba de él.La primera pista nos la dio una vez mas las clases de civismo. Google nos digo donde encontrar mas información que buscábamos. Leímos y releímos el capitulo de garantías individuales de la Constitución Federal, la ley de profesiones del estado entre otras. Pasábamos de no saber nada a no entender ni madres y poco a poco a entender trozos inconexos.Otra diligencia en propiedad de mi padre pareció acomodarnos las piezas para silenciar de una vez por todas a J. Jesús “el coyote” Corona. Ya en el ocaso de las actuaciones de aquel día, durante un intercambio «amigable» de argumentos a favor y en contra de lo asentado en el acta, mi hermano reprende con severidad al pseudo-abogado, diciéndole “… Y tu te callas, que ni licenciado eres…”.»J» se puso frío, pálido, luego rojo y azul, tocía en repetidas ocasiones, sonreía nervioso, sudaba, bueno hasta se le cayeron los chones (esto ultimo es sentido figurado eh). El ejercicio funcionó mejor de lo esperado pues permanece silente hasta el día de hoy; jamas ha vuelto a dirigirse a nosotros personalmente de forma altanera o irrespetuosa.Silenciarlo era el objetivo inicial y se cumplió. Mas él también cumplió la amenaza de involucrar a mi padre en un delito que no cometió. Lo acusó de Despojo en modalidad instigador. Habíamos descuidado la guardia y nos dio un golpe bajo…Operación demolición.En ese entonces “J” ya presentía lo que se avecinaba, dejó de acompañar al tiburón, incluso en las diligencias oficiales. Esquivaba la mirada y evadía estar presente en la misma sala que nosotros.Reiniciamos la búsqueda y le preguntamos a “Yahoo” que hacer en casos como este. Yahoo responde, nosotros seguimos sus recomendaciones. El esfuerzo dio frutos: encontramos en la ley que varias conductas de “J” estaban tipificadas como delito.En noviembre de 2008 solicitamos una carta de antecedentes profesionales a la Secretaría de Educación Publica a través del departamento de Profesiones del Estado de Baja California. Después de 2 formas echadas a perder, 5 visitas, como 20 llamadas telefónicas y 8 meses de espera, el departamento de profesiones por fin responde con documento oficial que confirmaba que en sus registros de cédulas profesionales no se encontraba ningún J. Jesús Corona Jimenez.¡Confirmado, no es abogado!“J” no tiene cédula y por lo tanto no la provee ni cuando uno se la pide, se ostenta públicamente como abogado y anuncia sus servicios. Ya solo hacia falta recolectar evidencia de que hubiera estado litigando en al menos un caso… Nuevamente internet ayudo bastante. Abrimos dos frentes de búsqueda: revisar el “Boletín Judicial” de arriba a abajo y consultar a la unidad de transparencia del Poder Judicial del Estado. Yo me hice cargo del primer frente, pasamos ocho meses más escudriñando la pagina del boletín judicial con muy buenos resultados; le encontramos un historial de más de cuarenta expedientes individuales, como al rededor de doscientas actuaciones en diez años de litigar sin cédula, ni título, ni carrera terminada; bueno con decir que el CENEVAL lo acaba de reprobar. Transparencia le proveyó a mi hermano suficiente evidencia adicional sobre las fechorías de “J”.Al día de hoy (1 de agosto de 2010) no tiene cédula… Es más, no tiene título profesional y la carrera de Licenciado en Derecho recién la terminó en noviemnre de 2009 después de presentar examen en dos materias que debía desde sus tiernos años de estudiante universitario. Según me contaron, su graduación en el 2000 estuvo muy animada y elegante, si hasta fotos de él hay con toga y birrete… (oh! pero esto es secreto eh, favor de no divulgarlo pues su familia no lo sabe).Actualmente, a “J” se le integra la averiguación previa numero 841/10/109/AP radicada en el Ministerio Publico de Ciudad Guadalupe Victoria km 43 y esta en espera de ser consignado por el delito de USURPACIÓN DE PROFESIÓN.Nota final: No quiero imaginar que es lo que pasaría si Froylan se enterara de que le pagó carretillas de “verdes” a un coyote, a lo mejor se molestaría un poco son su cuñado Javier Quintero, pues fue este ultimo quien se lo recomendó por ser “la persona idónea para ese trabajo…” según sus propias palabras.

Aclaración de sentencia.

¡Que alguien me explique!¿QUÉ? ¡Que alguien me explique!… ¿Qué clase de razonamiento balazo es este?

No entiendo ‘ni mais’, esa fue mi primera reacción al leer la sentencia definitiva notificada el dia 02 de julio de 2010 por el juzgado de Primera Instancia Penal de Ciudad Guadalupe Victoria, Mexicali, Baja California, México.

Asombrados que no sorprendidos, pues ya para entonces era más que evidente saber para qué parte del monte iba a correr la testaruda cabra…

Cada vez sospecho más que ellos poseen tecnología súper-avanzada, concretamente una maquina para dar saltos en el tiempo además de reservas energéticas ilimitadas como para curvar el espacio… Así es, ¿pues de que otra manera se explica tanta discontinuidad e inconsistencia en la justificación de la sentencia?

Digo yo que de entrada los mortales comunes y corrientes no debemos dejarnos llevar por nuestras limitaciones humanas; ignoremos la primera reacción de “¡Ay no maaa! ¿Neta? ¿De la manga lo sacaron?” y hagamos uso de nuestras habilidades ‘kalimanescas’ para tener serenidad y paciencia muuucha paciencia… Una vez logrado exitosamente el paso anterior, es momento de utilizar nuestro potencial lógico-científico-racional. Solo entonces la verdad aparece reluciente ante nuestros ojos: “Ellos tienen una maquina del tiempo para cambiar el pasado. EUREKA!”

Tal vez haya otras teorías que expliquen lo que realmente ocurrió; yo acepto esa como valida por parecerme elegante y simple (¡Sí, como no!).

¡Bueno ya! Para no hacer el cuento tan largo y ya por no dejar [cabos sueltos y previniendo los ‘hubiera’], pedimos aclaración de sentencia.

Sobra decir que el juez la evadió hábilmente…Aquí el texto integro:

ACLARACIÓN DE SENTENCIA

Fecha: Julio 05, 2010.Expediente: 258/2006Supuesto delito: DESPOJO

Solicitamos a este servidor público para que, en términos del articulo 293 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Baja California y los demás aplicables, nos proporcione ACLARACIÓN DE SENTENCIA definitiva de la fecha 2 de Julio de 2010 en el expediente 258/2006 para los siguientes puntos.

Primero.- Detalle cuales fueron las diversas pruebas de las que se allega para determinar el inicio de la posesión de los supuestos ofendidos. Indique usted cuales son las pruebas que demuestran que la posesión del los supuestos ofendidos cumple con los requisitos básicos de ser pacifica, publica y continua.

Segundo.- Aclare usted porque es que las diversas contradicciones de los supuestos ofendidos, tanto en sus careos como en declaraciones y ampliaciones, especialmente las referentes al inicio de la supuesta posesión no restan valor probatorio a sus dichos. En cambio se les confiere gran valor a las pruebas testimoniales a favor de los supuestos ofendidos, sobre todo en las vertidas durante la etapa de la averiguación previa; haciendo omisión prácticamente total, de lo actuado posteriormente.

Tercero.- Si bien es cierto que la versión de los supuestos ofendidos coincide parcialmente con la declaración de los inculpados respecto de quienes son las personas que sacaron los vehículos del tejaban, es evidente que las partes no concuerdan en lo referente a la existencia del convenio previo para sacar las cosas de la ramada así como de la autorización por parte de los supuestos ofendidos. Clarifique el criterio técnico aplicado para determinar que la pericial psicológica carece de valor probatorio en favor de los inculpados por el simple hecho de la citada coincidencia. Explique como es que usted infiere, que a consecuencia de esta coincidencia, este criterio se extiende validando automáticamente que los supuestos ofendidos “no mienten en lo referente a la inexistencia del alegado convenio para sacar las cosas del lugar y de la falta autorización por parte de ellos mismos”. Explique de que manera esta usted aplicando los términos del Articulo Segundo del Código de Procedimientos Penales en la valoración de este punto en aras de eliminar las dudas.

Cuarto.- Explique por que, durante el estudio de sentencia no desglosa, como es deseable, todas y cada una de las pruebas vertidas por ambas partes y se detallan los criterios aplicados para la valoración de cada prueba individual.

TEXTO INTEGRO DE LOS ARTÍCULOS CITADOS

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES

ARTÍCULO 2.- Principio de Inocencia.- Todo inculpado se presumirá inocente mientras no se pruebe en el proceso su culpabilidad conforme a la ley. El Ministerio Público tiene la carga de la prueba de los hechos imputados y de la culpabilidad. Toda duda debe resolverse en favor del inculpado, cuando no pueda ser eliminada. Todo individuo tiene derecho a ser Juzgado en el plazo señalado constitucionalmente. La prisión preventiva no podrá prolongarse por mas tiempo del que fije la ley como máximo, al delito que motivare el proceso, ni exceder del plazo señalado constitucionalmente para el proceso, salvo que el procesado renuncie a dicho plazo.

ARTÍCULO 293.- Aclaración de Sentencia.- El Ministerio Público, el inculpado o su defensor, podrán solicitar la aclaración de la sentencia definitiva, dentro de un plazo de tres días, contados desde la notificación y expresando claramente el punto respecto del cual la pidan. La víctima o el ofendido también podrán solicitar la aclaración por lo que se refiere a la reparación del daño.

Ciudad Guadalupe VictoriaMexicali Baja California, México a 5 de Julio de 2010.

Audiencia de vista.

…En el uso de la voz durante la audiencia de vista.

«Por principio consideramos que nosotros no somos responsables de los hechos que nos imputan y por los cuales hemos estado sujetos a proceso por mas de 3 años. Solicitamos a esta honorable autoridad se declare sentencia absolutoria a nuestro favor. Toda vez que, como lo expresamos desde el principio, [todo] fue parte de una serie de acuerdos entre mi señor padre y los presuntos ofendidos como bien se demuestra en autos.

Como primer punto pedimos que se considere que las personas que nos denunciaron en la averiguación previa son personas que no se les puede confiar [en que expresan] la verdad ya que como se acredita en autos existe una pericial psicológica la cual nos demuestra que estas personas son capaces de mentir y manipular, por tal motivo no deben considerarse como verdaderas las imputaciones que nos atribuyen.

En segundo termino se debe considerar que hubo vicios arrastrados desde la averiguación previa ya que con solo un recibo de luz ajeno a los demandantes y dos testigos falsos, los cuales durante el procedimiento se contradicen primero al asegurar que les constan los hechos y posteriormente expresan que se enteraron por terceras personas, presumiblemente por el mismo Froylan, no se puede considerar que esta averiguación previa este debidamente integrada ya que desde esa fecha ni durante el proceso, los supuestos ofendidos han presentado prueba alguna que les acredite ni como posesionarios ni como dueños del inmueble en controversia.

Tercero y de acuerdo con los términos del articulo 2do del código de procedimientos penales los hoy implicados Francisco y Hector ambos de apellido Ortiz Nicolas deberían ser declarados inocentes en tanto que ni la fiscalía adscrita a este juzgado, ni el pseudo-licenciado coadyuvante J Jesus Corona Jimenez, ni los presuntos ofendidos aportaron prueba que desvirtuara los dichos, documentales y testimonios a favor de los hoy inculpados y en los que consta que el único propietario y posesionario del predio en cuestión es mi señor padre Federico Ortiz Cabrales. Según este mismo articulo la responsabilidad de probar su dicho recae sobre la parte acusadora y es el ministerio publico quien tiene la carga de la prueba. Como bien se demuestra en autos tales pruebas demostratorias a favor de los supuestos ofendidos nunca fueron aportadas y en cambio los procesados presentamos diversas pruebas que demuestran que nuestro dicho se apega a la realidad.

Cuarto. En concreto, Froylan y Moises Ortiz Cabrales jamas durante el proceso demostraron la existencia de un convenio para mantener sus pertenecías dentro de la propiedad de mi señor padre, ellos tampoco jamas probaron ser posesionarios, ni dueños, ni propietarios. Tan es así que en diversas ocasiones ellos contradijeron sus propios dichos al exponer diferentes versiones respecto al inicio de la supuesta posesión. En una de las versiones Froylan afirma que la propiedad le fue regalada por mi abuela, en otra que mi padre se la regalo a él, en otra que él le había regalado el predio a mi padre y otra mas afirma que él compro todo, regalo la mitad a mi padre y la otra mitad lo reservo para él; aceptando además que no posee documento alguno que lo acredite como posesionario.

Es curiosa la actitud que asume el ministerio publico adscrito a este juzgado que en sus conclusiones iniciales solicita tanto la restitución del inmueble, el cual reiteramos, los presuntos ofendidos no acreditaron como propia, y no conforme con eso también, y de forma por demás desmesurada solicita el pago de la cantidad arrojada por el peritaje de avaluo promovido por este misma autoridad ignorando triunfalmente el principio de «in dubio pro reo» y toda vez que el juez no promueve como corresponde de oficio el peritaje de tercero en discordia.

Estos hechos no hacen sino confirmar la sospecha de «ignorancia manifiesta» derivada de la ausencia de un estudio minucioso del caso que nos concierne por parte de las diversos servidores ante los cuales esta a la vista nuestro expediente.

Destacable el hecho es que, el ministerio publico solicita la restitución de los inmuebles los cuales no están debidamente definidos en sus proporciones ni colindancias ni localizaciones. La duda prevalece y la pregunta asalta «Que es exactamente lo que el ministerio publico pretende que el juez restituya?». Agregado a este bagatela técnica, ninguna de las dos autoridades ha reparado que este es un asunto meramente familiar motivado por ego desproporcionado de una persona mentirosa y manipuladora que, de atacarse su voluntad, solo generaran fricciones y conflictos innecesarios de gravedad impredecible y de los cuales hacemos directamente responsables a dichas autoridades pues tal parece que la única consigna es declararnos culpables por el método de «haiga sido como haiga sido».

Sin mas por el momento sírvase dar por aceptados nuestros alegatos finales en el uso de la voz durante la audiencia de vista en términos del articulo 291 del código de procedimientos penales. Asimismo solicitamos que de manera inmediata se nos cite para oír sentencia en términos del protocolo descrito por los artículos 8, 291 y 292 de este mismo código.»

… Así fue como se escuchó el texto leído en el uso de la voz durante la audiencia de vista aquel día…

Fue el 11 de junio de 2010; el día del partido inaugural del mundial. Si, el día que jugaron México contra Sudafrica, muchos lo recordaran…

La cita era a las 8:00 AM. Llegamos a tiempo como simple muestra de cortesía pues ya sabíamos que en la practica esos que trabajan en el juzgado son impuntuales como ellos solos… Efectivamente así fue! El agente del ministerio publico adscrito al juzgado de primera instancia penal de Ciudad Guadalupe Victoria llegó bastante tarde (chan chan chaaan, que novedad!).

Mientras esperábamos el espectacular arribo del tan aclamado agente del MP, platicábamos de temas triviales como el temblor de abril y el estado de las carreteras y lo mucho que los sufridos funcionarios padecen al trasladarse por esos caminos olvidados del gobierno; de las camisetas negras de la selección mexicana que recibirían si es que México avanzaba a la siguiente ronda; del parecido que tienen algunas personas con otras que hemos conocido antes, etcétera.

Con actitud de “What? Ya llegaron?”… Entra apresuradamente y se posa cómodamente(al menos eso pensé al principio) en su mullido asiento, velozmente da un último repazo a su acordeón, de 800 paginas, cual alumno de la “secu” en día de examen sorpresa.

Descubre que su compañerito de clase metió la pata en un detallito… Pues aquel pedía restitución del inmueble y pago por reparación de daño (si, los dos al mismo tiempo pues)… Después de percatarse de la torpeza cometida y de ofrecer unas disculpas poco creíbles se dispone primero a hechar la culpa al neófito compañerito y después a tratar de enmendar la novatada discretamente… Una vez resarcida la metida de pata por parte de los flamantes MP nos toca el uso de la voz…

Íbamos preparados: llevábamos el documento impreso para ser leído; además la versión electrónica contenida en un USB drive el cual descargamos a la computadora de la secretaria (muy guapa por cierto, un día les escribiré de ella).

Mientras el documento era leído en voz alta y según pude ver de reojo, el MP nos observaba detenidamente con el rostro desencajado y la mirada desorbitada además de aparentar que la silla en la que reposaba no le era del todo confortable… Ignoro si se sintió aludido por alguna de las frases citadas o bien por la ansiedad de ir a ver lo que quedaba del partido México – Sudafrica.

Al finalizar nuestra intervención el MP solo se limito a decir “Bravo! Muy bien, de aquí para Presidente Municipal”. Entre broma también dijo a la secretaria de acuerdos Dora Alicia Martinez “Solicito nuevamente el uso de la voz”… Mmmm tal parece que algo le incomodaba, no lo sé, no le pregunté.

La licenciada Dora nos dice: “la sentencia sale en quince días muchachos, es el plazo que tiene el juez para dictarla…”

La audiencia termina tranquilamente con un cordial apretón de manos y miradas esquivas por parte del  MP y la secretaria de acuerdos.

¿Sabrían ellos algo que nosotros no?

Probando, probando.

Hola a todos aquí estamos finalmente iniciando este blog…Siendo las 9:37PM del día 9 de agosto de 2007 se dan formalmente iniciadas las operaciones… 😉 je, je, je.El propósito de este blog es… pues… mmm…La verdad es que tengo muchas cosas en mente que van desde publicar recetas de cocina hasta protestas contra la corrupción. Cabe destacar que en este momento mis intereses son varios y muy variados, aquí algunos ejemplos:1. Fermentación casera de cerveza.2. Compra venta de metales preciosos(especialmente plata).3. Me preocupa la situación social, económica y política de estos y de tiempos por venir.4. Estoy a favor del Software Libre.5. Me interesa el reciclaje.6. Promuevo el transporte limpio(al trabajo en bici).7. Me agradan los gatos.8. Creo en las redes cooperativas.9. Pienso que podemos hacer de nuestro país [y del mundo] un mejor lugar para vivir.10. Soy intolerante a la corrupción especialmente la de los servidores públicos.11. Estoy orgulloso de ser mexicano.12. Me gusta viajar.13. Soy firme creyente de la lectura diaria.14. Me preocupa el calentamiento global.15. Estoy en pro de fuentes de energía alternativas.16. Y otros más…Aquí comenzamos y ya veremos que pasa … 😉